Publicidad y contenido patrocinado en Derecho en Foco

En Derecho en Foco queremos que nuestros lectores puedan distinguir claramente entre la información editorial y los contenidos que responden a una colaboración comercial.

Esta página explica cómo identificamos la publicidad, qué criterios seguimos para valorar las propuestas comerciales y cómo procuramos preservar la independencia de nuestros contenidos.

Publicidad en Derecho en Foco

Derecho en Foco es un medio digital de divulgación sobre cultura jurídica y sistema legal español. Publicamos información sobre conceptos jurídicos, legislación, instituciones, profesiones e historia del Derecho en España.

El sitio puede obtener ingresos mediante espacios publicitarios, colaboraciones con empresas, publicaciones patrocinadas y otros acuerdos comerciales relacionados con su ámbito editorial.

La existencia de publicidad contribuye a la financiación del proyecto, pero no implica que los anunciantes determinen el contenido de nuestras publicaciones independientes.

Qué consideramos contenido patrocinado

El contenido patrocinado es aquel que se publica como consecuencia de una relación comercial, una contraprestación económica o un acuerdo promocional con una empresa, despacho profesional u otra organización.

Puede adoptar diferentes formatos:

  • Artículos patrocinados: publicaciones elaboradas o difundidas en el marco de una colaboración comercial.
  • Menciones comerciales: referencias promocionales a empresas, servicios o marcas dentro de contenidos identificados como publicitarios.
  • Espacios publicitarios: anuncios gráficos u otros formatos diferenciados del contenido editorial.
  • Enlaces comerciales o de afiliación: enlaces que pueden generar una remuneración cuando se cumplen determinadas condiciones.

La utilización de estos formatos dependerá de los acuerdos comerciales y de su adecuación a la línea editorial del medio.

Cómo identificamos la publicidad

Los contenidos de naturaleza publicitaria deben presentarse de forma reconocible para evitar que se confundan con información editorial independiente.

Según el formato, podrán utilizarse identificaciones como:

  • Contenido patrocinado.
  • Publicidad.
  • Colaboración comercial.
  • Enlace de afiliación, cuando corresponda.

La identificación debe ser clara y visible, especialmente cuando una publicación tiene apariencia de artículo informativo.

Este criterio responde al principio de transparencia publicitaria y a las obligaciones aplicables en España, entre ellas las previstas en la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Criterios para aceptar colaboraciones comerciales

Las propuestas publicitarias se valoran teniendo en cuenta su relación con la temática de Derecho en Foco y su adecuación a nuestros criterios editoriales.

En particular, consideramos:

  • Relevancia temática: relación con la cultura jurídica, las instituciones, la legislación, las profesiones jurídicas o la historia del Derecho.
  • Claridad: identificación comprensible de la naturaleza comercial del contenido.
  • Veracidad: ausencia de afirmaciones engañosas, resultados garantizados o atribuciones profesionales no acreditadas.
  • Utilidad informativa: aportación de información pertinente para el público del medio.
  • Cumplimiento normativo: respeto de las disposiciones legales y deontológicas aplicables al anunciante y a la comunicación comercial.

Derecho en Foco podrá rechazar propuestas que no se ajusten a estos criterios, aunque exista una contraprestación económica.

Publicidad relacionada con servicios jurídicos

La publicidad de despachos de abogados y otros profesionales jurídicos requiere especial atención por la naturaleza de los servicios anunciados.

La publicación de una colaboración comercial no supone que Derecho en Foco certifique la competencia profesional del anunciante, garantice sus resultados o recomiende su contratación para un caso particular.

Las afirmaciones sobre experiencia, especialización, acreditaciones o resultados profesionales deberán poder justificarse y respetar las normas aplicables a cada actividad.

El contenido patrocinado tampoco debe confundirse con asesoramiento jurídico individualizado.

Independencia editorial y enlaces comerciales

Los acuerdos publicitarios no otorgan a los anunciantes capacidad para modificar las conclusiones de artículos editoriales independientes ni para presentar mensajes promocionales como información objetiva.

Cuando un enlace forme parte de una colaboración remunerada, se aplicarán los atributos técnicos correspondientes para identificar su naturaleza comercial ante los motores de búsqueda, como rel="sponsored" o, cuando proceda, rel="nofollow".

La contratación de publicidad no implica una garantía de posicionamiento en buscadores, tráfico, visibilidad o resultados comerciales.

Diferencia entre contenido editorial y patrocinado

Contenido editorial Contenido patrocinado
Responde a criterios de selección informativa. Forma parte de una colaboración comercial.
Se elabora conforme a la metodología editorial del medio. Debe identificarse como comunicación comercial.
No está condicionado por una contraprestación publicitaria. Puede incluir mensajes o referencias promocionales.
Prioriza la explicación y contextualización del conocimiento jurídico. Debe respetar la línea editorial y la normativa publicitaria.

Ambos formatos deben respetar criterios de veracidad y transparencia, pero cumplen funciones distintas y deben resultar reconocibles para el lector.

Correcciones y responsabilidad sobre los contenidos

Si se detecta información incorrecta, engañosa o desactualizada en una publicación comercial, podrá revisarse, corregirse o retirarse según las circunstancias.

La participación de un anunciante en la elaboración de un contenido no elimina las obligaciones legales que puedan corresponder a las partes.

Los criterios generales de publicación, actualización y corrección se recogen en nuestra política editorial.

Propuestas de publicidad y colaboración

Las empresas, despachos profesionales y organizaciones interesadas en plantear una colaboración comercial pueden dirigirse a Derecho en Foco a través de nuestra página de contacto.

Para facilitar la valoración, recomendamos indicar la entidad anunciante, el tipo de colaboración propuesta y su relación con la temática del medio.

La recepción de una propuesta no implica su aceptación ni garantiza su publicación.

Nuestro compromiso con la transparencia

La finalidad de Derecho en Foco es contribuir a una mejor comprensión de la cultura jurídica y del funcionamiento del sistema legal español.

La publicidad debe ser identificable y compatible con ese propósito. La financiación comercial del medio no debe impedir que los lectores distingan entre divulgación jurídica independiente y comunicación promocional.

Puedes conocer más sobre el proyecto en Sobre nosotros y consultar nuestros criterios de documentación y elaboración de contenidos en la metodología editorial.